l Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado una modificación de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).
Esto se debe a necesidad de introducir modificaciones tanto en la tramitación de algunos procedimientos como en el Estatuto de la AEDP, lo que ha dado lugar a dos de los cambios más relevantes de la Ley:
­    En primer lugar, la creación del procedimiento de apercibimiento como un procedimiento específico, excluyendo su connotación sancionadora, más flexible y rápido, con una duración máxima de 6 meses, que va a permitir agilizar la respuesta a las reclamaciones presentadas por los ciudadanos.

­    En segundo lugar, la posibilidad de establecer modelos de presentación de reclamaciones ante la Agencia en todos los ámbitos en los que tenga competencia, que serán de uso obligatorio para los interesados independientemente de que estén obligados o no a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
Estos modelos, creados ante la necesidad de ampliar algunos de los plazos para resolver, serán publicados en el BOE y en la Sede electrónica de la AEPD, serán de obligado cumplimiento al mes de su publicación y facilitarán y simplificarán la presentación de reclamaciones.