El primer informe de la comisión de seguimiento de instrumentos híbridos de capital y deuda subordinada remitido por la CNMV al Congreso de los Diputados, ha venido a corroborar lo que los Juzgados y Tribunales venían sentenciando desde que los ahorradores comenzaron a emprender sus acciones judiciales.

La CNMV califica el proceso de comercialización de “regular”, cuestión que ha sido ya resuelta por multitud de sentencias en las que se analizan las prácticas de comercialización de estos productos, poniendo de manifiesto que las mismas eran contrarias a lo establecido por la normativa MIFID y el resto de legislación aplicable.

CONCLUSIONES DEL INFORME

Algunas de las conclusiones acerca de la situación actual de los preferentistas y demás ahorradores titulares de productos híbridos y deuda subordinada que se desprenden del informe son:

  1. El número de clientes con saldo vivo por producto y entidad en marzo de 2013 ascendía a 856.388. Bankia es la entidad con mayor número de clientes con saldo vivo (80.444) seguida de Caixa Catalunya con 39.718.
  2. De las 2.366 reclamaciones judiciales resueltas e interpuestas frente BFA Bankia, Caixa Catalunya y NCG, únicamente 55 han sido desfavorables para el demandante.
  3. En la actualidad hay 2.203 procedimientos judiciales pendientes de resolución frente a BFABankia, Caixa Catalunya y NCG. 
  4. El saldo vivo en participaciones preferentes en marzo 2013 es de 5.629.261.100.
  5. El saldo vivo de emisiones de obligaciones subordinadas en marzo 2013 es de 17.001.191.892.

ÉXITO DE LA RECLAMACIÓN JUDICIAL

El informe recoge por primera vez el resultado de las reclamaciones instadas por los ahorradores confirmando el éxito de las mismas. De los datos de este documento es apreciable como mayoritariamente las sentencias de nuestros Tribunales se posicionan a favor del ahorrador, condenando al banco a la restitución de lo invertido junto las costas del procedimiento.

Nuestra firma defiende los intereses de aquellos ahorradores que adquirieron participaciones preferentes sin ser informados de la naturaleza y riegos del producto, exigiendo a la entidad financiera su responsabilidad y reclamando la pérdida ocasionada por la indebida comercialización del producto.